Período de transición para airbags y ABS

El 6 de enero de 2013 fue promulgada la Ley 19.061 de Tránsito y Seguridad Vial en el Territorio Nacional, la que, en su artículo quinto, establece la obligatoriedad de doble airbag frontal, ABS, cinturones de seguridad y apoyacabezas en todas las plazas, para vehículos 0km, vendidos a partir de 180 días de la fecha de promulgación, según su artículo sexto. La Ley fue reglamentada por el decreto 81/014 de 3 de abril del presente año y sus anexos, pero la semana pasada se abrió un ‘período ventana’ para determinadas situaciones.

El Poder Ejecutivo emitió un comunicado de prensa al respecto, señalando que “se abre un periodo de transición para permitir que importadores y fabricantes se ajusten a las nuevas exigencias y se puedan desprender del stock existente en el mercado”.

El período de transición, reglamentado por el decreto de 3 de julio de 2014, establece que los vehículos de fabricación nacional ensamblados previo a la vigencia de la nueva normativa  tendrán un plazo de 18 meses para adecuarse al plazo, los de fabricación extranjera, de las categorías M1, M1a, M1b, M2 y M3, tendrán seis meses más de plazo para adecuarse a la ley,  y los de fabricación extranjera de las categorías N1, N2, N3, O3 y O4 (utilitarios) tendrán un año de plazo.

El Poder Ejecutivo señaló en el comunicado, que el nuevo decreto “permitirá comercializar el stock existente en plaza y permitir una adecuada y ágil transición entre las condiciones de comercialización previas y las exigencias del sistema que se instaura”.

A propósito, el programa de seguridad de automóviles Latin NCAP, emitió un comunicado ante el período de transición, considerando muy preocupante la medida del Poder Ejecutivo.

“Uruguay necesita vehículos más seguros ahora, no después. El gobierno uruguayo debe introducir regulaciones sólidas y transparentes. Los fabricantes de automóviles tienen que ofrecer a los conductores la misma protección que ofrecen a sus clientes en otras partes del mundo. Las últimas pruebas de choque realizadas por el Programa de evaluación de vehículos nuevos para América Latina y el Caribe (Latin NCAP), han demostrado que los fabricantes de automóviles pueden construir vehículos con seguridad de cinco estrellas en la región. Asimismo se ha demostrado lo importante que es que los gobiernos establezcan normas mínimas de seguridad para los vehículos vendidos a los consumidores. Sin las normas, las empresas de automóviles continuarán ofreciendo seguridad deficiente y las familias seguirán sufriendo innecesariamente”

“Latin NCAP considera muy preocupante la reciente publicación de las modificaciones al Decreto N°81/014, el cual reglamenta la Ley de Tránsito N° 19.061 y posterga por al menos 6 meses la exigencia de airbags y frenos ABS en los vehículos nuevos. La incorporación inmediata de estos sistemas es lo correcto para la seguridad vial y para los consumidores de Uruguay. Esta medida fue anunciada hace 18 meses y cualquier retraso será una gran decepción no sólo para los consumidores uruguayos sino también para todas las organizaciones que trabajan para salvar vidas en el tránsito. Latin NCAP entiende que 18 meses es un tiempo más que suficiente para que todos los importadores y fabricantes se ajusten a las nuevos requerimientos de seguridad que entraban en vigencia el 7 de julio próximo”

“La postergación del requerimiento de airbags y frenos ABS ignora a quienes han trabajado duramente por la seguridad vial y apoya a unos muy pocos que entienden que la seguridad vial y la Ley nacional es menos importante que sus propios beneficios económicos. Latin NCAP rechaza y está en absoluto desacuerdo con el reciente anuncio del gobierno uruguayo de postergar el requerimiento de airbags y frenos ABS para los vehículos del mercado local, habiéndose anunciado esta medida hace 18 meses y siendo Uruguay un país mayoritariamente importador de automóviles con altos niveles impositivos” .

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